← Todos los incentivos
Bonificación de cotizacionesSe puede aplicar cada año

Bonificación de Seguridad Social por personal investigador

40% de bonificación en la cuota empresarial por contingencias comunes del personal investigador.

Real Decreto 475/2014, con modificaciones del RD-ley 1/2023

Para quién es

Empresas con trabajadores de los grupos de cotización 1 a 4 dedicados EN EXCLUSIVA a actividades de I+D+i.

Cuándo se convierte en dinero

Mensual, en la cuota de la Seguridad Social — desde el mes siguiente

Cómo funciona

  • 40% de la cuota empresarial por contingencias comunes
  • Con MENOS de 10 investigadores: sin IMV, sin certificadora, sin ministerio
  • Con 10 O MÁS investigadores durante más de 3 meses del mismo ejercicio: IMV OBLIGATORIO
  • En ese caso el IMV debe presentarse a la TGSS en un máximo de 6 meses desde el fin del ejercicio
  • INCOMPATIBLE con la deducción de I+D sobre el MISMO investigador… salvo con Sello de PYME Innovadora
  • Sobre investigadores DISTINTOS es siempre compatible → hay que optimizar persona a persona

Qué hace falta

  • Grupos de cotización 1 a 4
  • Dedicación EXCLUSIVA y a jornada completa a I+D+i
  • Documentación de la dedicación (la parte que más se cae en inspección)

Deducción de I+D y bonificación de Seguridad Social: la regla clave

Sobre el MISMO investigador, SIN Sello de PYME InnovadoraINCOMPATIBLES

Hay que elegir uno, persona por persona.

Sobre el MISMO investigador, CON Sello de PYME InnovadoraPLENAMENTE COMPATIBLES

Se acumulan. Hasta +43% de ahorro sobre el mismo empleado.

Sobre investigadores DISTINTOSSIEMPRE COMPATIBLES

Es un problema de asignación óptima: para cada persona, ¿deducción o bonificación?

GRAN EMPRESA (250+ empleados o más de 50 M€)NUNCA COMPATIBLES

No puede obtener el Sello, así que siempre tiene que elegir.

Resumen no vinculante. La aplicación concreta depende de tus cuentas y de tu actividad: es justo lo que revisamos en la llamada.